automatización del trabajo

Impactos de la automatización del trabajo en el destino de los empleados

Las bondades de la inteligencia artificial ya forman parte también del mercado de trabajo. Se prevé que, la automatización del trabajo impactará significativamente dentro de 10 años, en los que uno de cada tres empleos será automatizado y no lo realizará precisamente un trabajador. 

La historia de la humanidad muestra como durante milenios el hombre se las ha ingeniado para facilitar el trabajo. La primera gran revolución industrial sucedió en el siglo XVIII cuando se introdujo las máquinas. 

Hoy día estamos siendo protagonistas de la cuarta revolución industrial. La misma se caracteriza por la integración de la inteligencia artificial y la automatización del trabajo; cuyo impacto ya comienza a sentirse ocasionando posiciones encontradas con respecto al futuro del empleo

Por una parte, hay quienes sostienen que la automatización del trabajo facilita millones de operaciones a bajo costo y con gran eficacia. Mientras que sus detractores, albergan grandes incertidumbres, pues se teme que la fuerza laboral sea reemplazada por la tecnología. 

Aun así la automatización del trabajo no implica deshacerse de la participación de humanos en gran parte de los procesos. Por el contrario, está exigiendo nuevas formas de liderazgo y de colaboración; con el fin de manejar las expectativas y las renuncias que supone esta gran transformación de la humanidad.  

¿Cómo liderar la automatización del trabajo a lo interno de las organizaciones? 

La organización debe estar muy consciente de la transformación que la automatización del trabajo le trae a su gestión; lo ideal es que todo el equipo actúe conforme a un plan estratégico de transformación digital. 

Liderar el proceso implica determinar los alcances de la automatización y los aportes para la totalidad del negocio. En cuanto a calidad y reducción del margen de error; gestionar la lealtad del talento humano cada vez es más importante.

Es importante involucrar a todo el personal y manejar una comunicación directa, en lo referente a los procesos operativos de la empresa. También las incidencias que la  automatización digital aporta el desarrollo profesional. 

¿Qué aspectos serán automatizados mayormente?

Muchas veces se cree erróneamente que la automatización del trabajo asoma un mundo gobernado por sistemas de inteligencia artificial, pero no es así, al menos no del todo. Los desarrollos tecnológicos transformarán gran parte del trabajo, pero no necesariamente todos los procesos. 

Sin embargo, un estudio de la firma McKinsey evaluó 800 tipos de trabajo, en un total de 46 países, y reconoció que en el 2030 las máquinas van a poder ejercer las labores de 8000 millones de empleos. 

Se prevé que los empleos más susceptibles a la transformación son aquellos que exigen mayor esfuerzo físico o gestión de maquinarias, es decir las labores repetitivas son aquellas que tienen más posibilidad de ser automatizadas. 

En ella encuentran grandes posibilidades el sector de construcción y manufacturas, ingeniería de alimentos, servicios de empaquetamiento, deliverys, transporte y conducción de maquinaria. 

Sin embargo, algunos procesos seguirán siendo difíciles de automatizar como lo son las relaciones humanas, la gestión del talento y los trabajos de carácter creativo pues seguirán implicando esfuerzos y nuevos roles para los departamentos de recursos humanos.

¿A partir de cuándo impactará?

Todos los expertos coinciden en que en el 2030 la inteligencia artificial será parte indispensable de las empresas, en donde 1 de cada 3 empleos será automatizado. 

Aún así, no todo son bondades, pues en el 2030 las personas con baja formación serán las más afectadas, se prevé que la robotización afectará más a los hombres, en un 39% mientras que en las mujeres en un 28%. 

inteligencia artificial
¿Cómo prepararnos para el cambio?

Se concluye que los viejos empleos serán sustituidos, y vendrán nuevos empleos que ameriten nuevos conocimientos y habilidades, lo cual podrá representar mejoras en la actividad económica global. 

La transición al nuevo mercado laboral exige una preparación desde ya en donde se potencie la colaboración entre las empresas.  La capacitación continua de todo el recurso humano,  para que los avances se gestionen de forma gradual y los beneficios de las nuevas tecnologías sean justos para todos los segmentos de la sociedad.  

Teletrabajo en Panamá

Todo sobre la nueva ley para Teletrabajar en Panamá

Desde hace algunos años muchas empresas han optado por el teletrabajo, un sistema que permite realizar las labores que antes solamente podían hacerse en una oficina, desde cualquier parte del mundo, solamente con una conexión a Internet y además, gracias a todas las bondades que hoy día ofrecen las Tecnologías de la Información y de la Comunicación, ya podemos hablar de leyes que lo regulan y es por eso que tenemos ya una ley en curso para teletrabajar en Panamá.

Teletrabajar no es una modalidad nueva, pero tras la crisis mundial causada por el coronavirus, el teletrabajo ha sido el recurso más valioso de las empresas, permitiendo mantener la productividad y el contacto con los empleados. 

En Panamá, en febrero del 2020, se realizó una ley para garantizar los derechos del teletrabajo en Panamá con el propósito de regular las condiciones laborales de quién realiza sus funciones desde casa.

Básicamente, lo que significa teletrabajar en Panamá, es que el trabajador se encuentra en el deber de seguir las instrucciones emitidas por su empresa o empleador particular, y éste deberá hacer el seguimiento oportuno de sus actividades y reportes mediante canales de comunicación previamente definidos entre las partes.

Particularidades de la ley del Teletrabajo en Panamá

Contrato

En el caso que una persona inicie un nuevo empleo bajo la modalidad de teletrabajo en Panamá, la empresa se encuentra en la obligación de realizar un contrato escrito, el cual tendrá que estar firmado en tres originales y debidamente sellado para presentar ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo laboral, conforme a como lo exige ley.

En él, el trabajador deberá manifestar su aceptación de asumir esta modalidad de trabajo, así como declarar que cuenta con los recursos de conectividad y equipos para realizar sus labores.

Si anteriormente, la relación de trabajo era de carácter presencial, el trabajador tiene la potestad de aceptar o rechazar el cambio de modalidad hacia el teletrabajo.

Sobre los tiempos de trabajo

La adopción de la tecnología para teletrabajar en Panamá puede ser de carácter parcial o completo, siempre y cuando los horarios se adecuen a lo establecido en el Código de Trabajo, del mismo modo para las horas extras. En caso particular de personas que necesiten hacer guardia, deberán permanecer en línea ante cualquier emergencia.

Reversibilidad

El contrato de teletrabajo tiene carácter reversible, ello significa que el trabajador puede solicitar la reincorporación a las oficinas de la empresa, si no se encuentra a gusto, o no tiene las condiciones para laborar debidamente.

teletrabajo en panamá

Conectividad y costos

El empleador y el trabajador tendrán que acordar previamente los gastos que traían consigo las diversas actividades desde la modalidad de teletrabajo, ellas son las relativas a suministros y conectividad. 

En el caso de que el trabajador necesite pagar una velocidad más rápida de Internet, el empleador debe asumir los cargos adicionales y no deben descontarse del salario del empleado.

Medidas de protección

En caso de accidentes o enfermedad, teletrabajar en Panamá es más seguro gracias a la Caja del Seguro Social que cubrirá los gastos del seguro. Sin embargo, este organismo sólo cubrirá los casos de accidentes laborales, si el empleado se encuentra en las oficinas de la empresa.

De acuerdo a la ley, el empleador es el responsable de la seguridad y salud del teletrabajador.

Deberes del teletrabajador

Se mantienen los mismos derechos y obligaciones en esta modalidad, los mismos que se especifican en el Código del Trabajo. Si el empleador le ha suministrado equipos para desempeñar sus funciones y en caso de renuncia o despido, el teletrabajador se encuentra en la obligación de devolverlos en estado óptimo.Si eres empleador y te estás enfrentando a la era del teletrabajo, requieres de una asesoría actualizada sobre estas disposiciones legales en materia de teletrabajo en Panamá, los servicios de Panamá Outsourcing te ofrecerán la mejor asesoría laboral.

talento humano

¿Por qué la lealtad del talento humano es clave en la empresa?

El recién finalizado 2020 fue un año de profundas complejidades y desafíos que tomó por sorpresa a todas las organizaciones del mundo. 

La pandemia del coronavirus causó enormes preocupaciones y pérdidas, ya que al estar limitado el contacto humano, las maneras de operar, comercializar y de socializar tuvieron que reinventarse. Este 2021 sigue afrontando los mismos problemas y para que cualquier empresa pueda hacerles frente,  deberá manejar con mucha astucia su talento humano

Es imperante que el talento humano en medio de esta crisis se mantenga motivado y optimista. Fomentar la lealtad de nuestros colaboradores es sumamente vital, porque siendo honestos, la mayoría de las personas están disconformes con su trabajo.

Veamos un poco a continuación qué se entiende por lealtad del talento humano. 

Lealtad del talento humano, un pilar clave de las organizaciones

Retomamos la idea de que la gestión empresarial del siglo XXI debe afrontar diferentes desafíos con relación al sentido de pertenencia que los colaboradores mantienen con la organización. 

Una cultura organizacional alineada con sus empleados es esencial para el correcto funcionamiento y alcance de objetivos de la misma. Se hace urgente fidelizar el talento, alcanzar un alto grado de compromiso y lealtad de su parte para con la empresa y retos que ya pone sobre la mesa la gestión de recursos humanos en el 2021

El activo más valioso de una empresa es su capital humano, el único capaz de promover ventajas competitivas a largo plazo. En una época donde se hace urgente fomentar la creatividad y la capacidad de innovación, lograr que los colaboradores se sientan parte de una familia y den lo mejor de sí, a eso, le llamamos lealtad del talento humano. 

Lograrlo no es una tarea sencilla, se requiere un buen liderazgo y un sistema de compensaciones que reconozca el esfuerzo de sus colaboradores, que más allá de sentirse empleados, sientan que se están desarrollando como profesionales y alcanzando sus metas personales.  ¿Cómo generar este sentimiento?

Tips para alcanzar la lealtad del talento humano

Ofrecer buenos salarios

Es una realidad que el trabajo es un contrato, y el impulso principal que sostiene esta relación es ofrecer un servicio a cambio de un dinero. Los principales problemas de este contrato es que en ocasiones el salario no concuerda con las horas laborales o con la cantidad de trabajo. Esta es una de las principales razones por las que las personas renuncian y se van a otra empresa. 

Al respecto, lo que pueden hacer las organizaciones es ofrecer salarios justos y competitivos en el cual se valore la calidad del desempeño de los empleados. 

Proporcionar horarios flexibles

Los empleados en la actualidad toman mucho en consideración la flexibilidad horaria que le permita la empresa, pues en un trabajo tradicional de entre 8 y 9 horas al día, no hay momento para hacer diligencias personales como ir al doctor. 

Es importante una adecuada gestión de los horarios en los cuales se contemplen las necesidades personales como muestra de empatía de parte de la organización. Ello contribuirá a la lealtad,  a sabiendas de que la empresa reconoce la dimensión humana de sus colaboradores, aspecto que marca la tendencia de RRHH en 2021.

Reconocer la trayectoria 

El tiempo que un empleado ha dedicado dentro de nuestra organización es algo digno de reconocer y recompensar, más aún si un trabajador se ha desempeñado eficientemente. 

Es muy importante mantener la confianza del empleado, pues de acabarse, se perdería un recurso humano con gran experiencia y conocimiento de los procesos operativos que sólo se logran con años de servicio en la organización. El reclutamiento interno de personal es una excelente manera de ayudar a crecer a quienes han prestado un servicio óptimo.

Fomentar un buen clima laboral

Los valores de la organización deben respetarse y comienzan por los directivos. Practicar el respeto, la empatía, la colaboración y crear un ambiente cálido en el cual provoque verdaderamente trabajar, hará que la lealtad de los empleados sea firme. 

Las relaciones interpersonales entre el empleador y el trabajador, y entre los propios trabajadores deben responder a principios justicia e igualdad.

Promover la comunicación bidireccional

La comunicación es esencial para alinear la visión y encaminar las acciones para los objetivos que una empresa debe alcanzar. En este sentido, es recomendable que se destaquen las ventajas del cargo que ocupan los empleados y lo que los diferencia de la competencia. 

Para saber más sobre la opinión que tienen los trabajadores también resulta un recurso muy interesante realizar encuestas o entrevistas personales para saber su parecer. Al existir una identidad corporativa sólida que sea compartida por todos los miembros, es casi seguro que el personal se encontrará fidelizado con la organización. 

Agradecer

No todo consiste en compensación con dinero o con capacitaciones. También el acto humano de agradecer vale mucho porque a fin de cuentas estamos trabajando con personas sensibles y que se van a tomar a bien que reconozcan honestamente sus logros.

A fin de cuentas la lealtad del talento humano se sostiene en una relación de ganar- ganar, y el éxito de dicha relación depende de la gestión justa y equilibrada de los recursos que entre todo el equipo se están generando. Hoy más que nunca la administración de personal en pandemia debe ser más inteligente.

asesoría laboral

¿Sabes cuál es la importancia de la asesoría laboral en Panamá para este 2021?

En materia de asesoría laboral muchas cosas han tenido que transformarse tras la pandemia, e incluso las leyes del código laboral de Panamá han tenido que reformularse para seguir operando. Algunas de las principales transformaciones se han dado en lo referente a la movilidad laboral, los acuerdos del teletrabajo, los salarios e incluso las vacaciones. 

Al respecto los servicios de asesoría laboral que brindamos en Panamá Outsourcing te ofrecen un panorama claro y detallado sobre el asunto,  de manera que puedas colocar a tu empresa al día con las nuevas disposiciones legales en materia laboral. 

¿Por qué es mejor elegir asesoría laboral?

  1. Conocimiento exhaustivo de la ley

La República de Panamá se rige por dos textos fundamentales en materia laboral que se encargan de velar por la seguridad, protección y salud laboral de todos los trabajadores. A saber, son el Código de Trabajo del año 1972 y el Reglamento General de Prevención de Riesgos Laborales y Seguridad e Higiene en el Trabajo, creado en el año 2011. 

Ambos son de obligatorio cumplimiento para todas aquellas personas naturales o jurídicas que tengan bajo su cargo la conducción de una empresa. 

Los asesores laborales de Panamá Outsourcing poseen un amplio dominio del tema indicándote qué hacer para que tu negocio cumpla con las disposiciones de ley. Más vale apostar por su saber y experiencia que ser penalizados por incumplimiento de alguna de las normas contempladas en la ley. 

2. Estarás al día con todos los organismos 

La asesoría laboral te permite gestionar eficazmente tus relaciones con las siguientes dependencias públicas: Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral y Caja del Seguro Social. 

Además te informarán debidamente acerca de cómo proceder en caso de: revisión de documentos legales; contratos de trabajo, amonestaciones, suspensiones, desvinculaciones laborales, mutuo acuerdo, etc. Criterios de aplicación del reglamento interno o convenios colectivos adoptados por la empresa, orientación para la terminación de relaciones de trabajo,  orientación para la aplicación de medidas disciplinarias, estrategia para la presentación en actos de conciliación ante el Ministerio de Trabajo, etc.

asesoría laboral

3. Sabrás cómo proceder de acuerdo a tu tipo de empresa

Sabemos que no es lo mismo tener un restaurante a una fábrica textil. Los riesgos laborales que hay que contemplar y el sistema de prevención de riesgos deben ser evaluados por un especialista. Los asesores laborales pueden diseñar un Plan de Prevención de Riesgos y además un Reglamento Interno de Trabajo adecuado para tu organización que contemple los deberes de ley y la seguridad de tus empleados. 

4. Cumplimiento de deberes y derechos del empresario y los trabajadores

Como empleador debes cuidarte muy bien dado que el ordenamiento jurídico de Panamá en lo referente a los acuerdos laborales, otorgan al empresario una serie de responsabilidades para salvaguardar la protección de sus trabajadores. 

Recordemos que el desconocimiento de la ley no exime de delito, por esta razón es sumamente importante asesorarse debidamente para tener conocimiento de cuáles son las responsabilidades y deberes que deben negociarse entre ambas partes. 

5. Evaluación de los riesgos de tu empresa

Es importante conocer en profundidad cuáles son los riesgos potenciales de una empresa y las situaciones que las actividades representan para sus trabajadores y operadores. Este análisis sólo debe ser realizado por un especialista en prevención de riesgos laborales, quien deberá elaborar un Programa de Prevención y Gestión de Riesgos Profesionales en el cual conste, además de la valoración de riesgo, las medidas preventivas a implementar de acuerdo al sector productivo. 

Este 2021 será un año de grandes desafíos para las empresas, y si en tu caso deseas comenzar un negocio este año, es importante una asesoría laboral que te proporcionen las directrices adecuadas a seguir. Si tienes alguna consulta, contacta con nosotros, realiza tus preguntas con confianza y recibe la asesoría laboral adecuada con los mejores profesionales del país.

Se suspende temporalmente la actividad de la industria de la construcción en Panamá

El pasado 24 de Marzo del presente año, debido a la pandemia que está afectando los sectores industriales y económicos a nivel mundial llamada Coronavirus (COVID-19), el Gobierno de Panamá, según Decreto Ejecutivo N° 506 ha optado por establecer una serie de medidas para evitar la propagación del mismo.

Estas medidas aluden a la suspención de la fabricación, distribución y despacho de concreto, cemento y sus derivados, lo mismo que las canteras.

–> VER AQUÍ DECRETO COMPLETO <–

Gobierno de Panamá amplia medidas contra el COVID-19

Mediante el Decreto Ejecutivo N°507 del 24 de marzo de 2020, el Gobierno de Panamá ha dado a conocer que se establece una cuarentena obligatoria total para evitar el esparcimiento del virus COVID-19. Además se ordena Ley Seca en todo el territorio nacional.

Decreta:

Artículo 1. Se impone TOQUE DE QUEDA en todo el territorio nacional, durante las 24 horas del día, a partir de las 5:01 a.m. del día 25 de marzo de 2020, el cual se mantendrá vigente mientras dure la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional.

Artículo 2. Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo 1 del presente Decreto Ejecutivo, las siguientes instituciones, personas, actividades y empresas.

–Ver aquí decreto completo–

Comunicado N°5 24 Marzo

Estimado Cliente:

Ante la situación de emergencia nacional que vivimos por el incremento de los casos de CORONAVIRUS en el país y a las medidas adoptadas por el Gobierno de la República de Panamá para salvaguardar la vida de todos, nuestro corporativo, al igual que otras muchas empresas, nos hemos visto en la obligación de cerrar nuestras oficinas, con las consecuencias que esto supone para el equipo y todos nuestros clientes.

Como ya es de su conocimiento, estamos brindando nuestros servicios a distancia, con muchas limitaciones, pero haciendo todo lo posible por colaborarles oportunamente. Son tiempos difíciles para todos, pero nos esforzamos para que nuestros clientes reciban el apoyo y asesoría pertinente, por lo que les agradecemos su comprensión ante la situación que estamos viviendo.

Dicho lo anterior, agradeceríamos que las consultas y/o solicitudes se realizaran vía e- mail, lo cual nos ayudaría a distribuir mejor las responsabilidades con el equipo que actualmente tenemos a disposición, brindándonos igualmente un poco más de tiempo para darles respuesta.

De antemano muchísimas gracias por su comprensión.

Saludos,

Comunicado N°4 23 Marzo

Estimado Cliente:

El gobierno de la República de Panamá se ha visto en la necesidad de incrementar las medidas laborales ante la situación de emergencia nacional que vivimos por el incremento de los casos de CORONAVIRUS en el país.

Son muchos los Decretos Ejecutivos suscritos por el Presidente de la República de Panamá y la Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), intentando establecer diferentes fórmulas para garantizar y mantener los puestos de trabajo a miles de panameños, es así, como ha propuesto a la empresa privada la implementación del TELETRABAJO y el otorgamiento de vacaciones vencidas y anticipadas,  no obstante, estas medidas no han sido suficientes dada la situación crítica  de cientos de empresas nacionales que a la fecha no generan ingreso alguno para hacer frente a sus compromisos laborales y comerciales, situación agravada por el cierre obligado dispuesto días atrás, razón por la que de manera excepcional se expidió el Decreto Ejecutivo N°81 de 20 de marzo de 2020, que por fuerza mayor permite a los empleadores en la República de Panamá solicitar la suspensión de los efectos de los contratos de trabajo de manera temporal y excepcional. 

La solicitud debe ser dirigida al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) por medio del representante legal de la empresa o su apoderado legal, preferiblemente, ya que la petición debe estar bien sustentada y fundamentada, a fin que en su momento sea aceptada por dicha dependencia gubernamental.

El proceso inicia con la solicitud escaneada, enviada al MITRADEL, adjuntando los siguientes requisitos:

  1. Copia escaneada del aviso de operación de la empresa.
  2. Copia escaneada de la última planilla pre elaborada de la empresa presentada ante la CSS, anterior al cierre, es decir, enero o febrero de 2020, según sea el caso.
  3. Nota firmada por un contador público autorizado, en el que se deje constancia de la afectación económica sufrida por la empresa debido a la crisis del COVID-19 y las medidas implementadas por el gobierno de la República de Panamá. *Debe ser enviada vía scanner.
  4. Listado con la información completa de los trabajadores a los cuales se les aplicará la suspensión de los efectos del contrato de trabajo, la cual deberá contener los requisitos contemplados en el numeral 5 del artículo 4, del Decreto Ejecutivo N°81 de 20 de marzo de 2020, a saber: nombre completo, sexo, fecha de nacimiento, edad,  cédula de identidad personal, número de Seguro Social, dirección residencial, puesto de trabajo u ocupación, número de teléfono fijo o celular y correo electrónico. 

La empresa presenta la solicitud unilateralmente, sin la anuencia de los trabajadores, la eleva a consideración del Ministerio de Trabajo, y se aplica con la aprobación de ésta dependencia.

No obstante, cabe señalar que el Decreto establece que el término para que el Ministerio de Trabajo se pronuncie y de su autorización es de tres (3) días hábiles contados a partir de la presentación de la petición de suspensión de la relación de trabajo, pero si no se da la respuesta en este lapso de tiempo, se entiende entonces que se aprobó la solicitud para todos los efectos legales. 

Es claro que estas peticiones serán realmente evaluadas por las autoridades de trabajo una vez se supere la crisis, razón por la que deben ser muy bien formuladas y sustentadas, adjuntando todos los requisitos, ya que cabe la posibilidad que si al ser evaluada posteriormente, está incompleta o mal fundamentada, la empresa puede ser obligada a pagar todos los salarios caídos. 

Una vez entré en vigencia la suspensión de la relación de trabajo, es decir, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud, la empresa no está en la obligación de pagar los salarios y los trabajadores dejan de estar al servicio del empleador, pero una vez culmine la crisis y queden sin efecto las medidas de emergencia adoptadas por el gobierno nacional, los trabajadores retornan a sus puestos de trabajo, en las mismas condiciones que fueron contratados, conservando su antigüedad y demás prestaciones laborales que les corresponden.

Panamá Outsourcing, S.A. se pone a su disposición para prestarle los servicios legales requeridos para la formalización idónea de dicha gestión, toda vez que nos mantenemos atendiendo a nuestros clientes a distancia desde nuestras residencias. Para mayor información, puede Usted ponerse en contacto con la Lcda. María Llamazares mllamazares@panamaosa.com (507) 6980-0954.

–>>Ver AQUÍ Decreto Ejecutivo #81 <<–

Outsourcing

Outsourcing: conoce todo lo que puede ofrecerte una empresa de tercerización

El outsourcing es una práctica comercial en la que un negocio contrata a otra empresa o a un individuo para realizar tareas, manejar operaciones o proporcionar servicios que generalmente ejecutan los propios empleados de la compañía.

En la actualidad, esta práctica comercial ha pasado a ser muy común,  ya que permite a las pequeñas y medianas empresas obtener servicios y habilidades que generalmente les resultaría difícil desarrollar, ya sea por restricciones financieras, mano de obra, o posiblemente una combinación de ambas. Es decir, puede hacer crecer tu negocio cuando lo necesites, sin grandes inversiones.

Las tareas que puede manejar el outsourcing son diversas, tanto es, que puede llegar a cubrir varias áreas o departamentos de una compañía. 

Outsourcing

No es solo una práctica que se realiza para obtener una considerable reducción de costos, sino que también, es una estrategia efectiva para obtener y mantener ventajas competitivas cuando se ejecuta como parte de una estrategia general de la empresa.

Las ventajas de la tercerización son:

  • Controla los costos del capital
  • Aumenta la eficiencia
  • Reduce los costos laborales
  • Comenzar nuevos proyectos rápidamente
  • Ayuda a que puedas concentrarte en tu negocio sin preocupaciones
  • Reduce los riesgos

Cálculo de Planillas

El cálculo de planillas de nómina tiene muchas ventajas. Entregar esta parte esencial del negocio a una empresa de outsourcing puede ahorrarte tiempo, dinero y dolores de cabeza, lo que lo convierte en un movimiento inteligente para las empresas de todos los tamaños. 

Sus principales ventajas son:

  • Ahorro de tiempo y productividad
  • Reduce costos
  • Evita sanciones por errores
  • Cuentan con la última tecnología
  • Minimiza las preocupaciones

Selección de Personal

Las empresas de outsourcing también se encargan de realizar gestiones en el área de recursos humanos. 

Una empresa de tercerización se encarga de conseguir los perfiles adecuados para cada puesto, cubrir las bajas o vacantes de una manera rápida, encontrar el talento que necesitas y analizan las expectativas de cada puesto para conseguir a los mejores candidatos.

Sus ventajas son:

  • Mayor calidad de las contrataciones
  • Reducción de costos
  • Reducción de tiempo de contratación
  • Diseño de evaluación y proceso de reclutamiento
  • Agrupación de talentos

Asesoría Jurídico-Laboral

Con el aumento de los costos y la mayor competencia entre los bufetes de abogados, el trabajo legal de subcontratación grande y pequeño se ha convertido en una práctica común. 

Al enviar trabajos de revisión de documentos, preparación de formularios e investigación legal a abogados contratados en lugar de asociados internos, las empresas de todos los tamaños pueden ahorrar una gran cantidad de dinero y sobre todo tiempo. 

Servicios incluidos en la Auditoría Jurídico-Laboral Preventiva:

  • Verifica el cumplimiento de los beneficios laborales establecidos en el Código de trabajo, reglamento interno, convenciones colectivas u otras normas relacionadas
  • Verifica la existencia y/o cumplimento del Reglamento Interno
  • Verifica que las posiciones cuentan con perfil de cargos y funciones
  • Analiza los contratos y sus legalizaciones
  • Verifica y analiza el cumplimiento de la planilla (descuentos adecuados, pagos oportunos, entre otros)
  • Verifica el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene industrial
  • Entrega contratos laborales modelo, formas de documentación de procedimientos de llamado de atención

Capacitación

La capacitación de personal surge como necesidad en el momento que hay diferencias entre lo que una persona necesita saber para ocupar un puesto de trabajo, y lo que en realidad sabe. 

Una fuerza laboral bien capacitada no es solo una fuerza laboral más eficiente, es una fuerza laboral más feliz, y mantener feliz a tu fuerza laboral es mejor tanto para ellos como para ti. Por ello, una empresa de tercerización ofrece también un servicio de capacitación de personal de calidad para que tus empleados se mantengan siempre en constante actualización.

Servicios Notariales

Los servicios de outsourcing pueden alcanzar a cubrir áreas legales, contando con los mejores profesionales del derecho para cualquier servicio notarial que tú o tu empresa necesite.

Comunicado N° 2 17 de Marzo

Hemos estado pacientemente esperando que el gobierno nacional dicte las disposiciones con respecto al manejo de la relación laboral para la empresa privada y otras medidas, en estos momentos de crisis en la República de Panamá, con motivo de la expansión del COVID-19 a nivel nacional e internacional.

A la fecha, y de manera concreta, de todos los decretos ejecutivos expedidos, especialmente el aprobado en el día de ayer, Decreto Ejecutivo N°78 de 16 de marzo de 2020, expedido por el Presidente de la República de Panamá y la Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral , podemos puntualizar lo siguiente:

MEDIDAS LABORALES:

1. Para evitar el contagio del COVID-19 en todas las empresas del país, los trabajadores con sesenta (60) años o más; los que padezcan de enfermedades crónicas, tales como: diabetes, cáncer, hipertensión y otras, así como también, las embarazadas, pueden acogerse a un mínimo de quince (15) días calendarios de vacaciones vencidas o adelantadas.

2. La movilidad laboral contenida en el artículo 197-A del Código de Trabajo puede ser aplicada por el empleador, sobre todo para los trabajadores que atienden al público, la cual será de carácter temporal, manteniéndole el salario pactado y asignándole funciones de acuerdo a su capacidad y competencia.

3. Los empleadores podrán implementar el teletrabajo según lo establece la Ley 126 de 18 de febrero de 2020, mediante el cual el trabajador presta los servicios de manera subordinada, sin presencia física en el centro de trabajo, a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, ejerciendo el empleador el control y la supervisión de sus labores, y exigiendo resultados.

4. Adicionalmente, podrá implementarse el trabajo a disponibilidad, mediante el cual el trabajador no se encuentra físicamente en el lugar de trabajo, pero está a servicio de la empresa en el momento que así se lo requiera el empleador durante la jornada regular de trabajo. Esto sólo regirá mientras dure la vigencia del Decreto Ejecutivo N°78 de 16 de marzo de 2020. Esta modalidad está sujeta a salario y a todos los derechos derivados de la relación de trabajo.

5. Igualmente, el empleador podrá negociar la disminución de la jornada laboral, contando con la anuencia de los trabajadores, disminuyéndose de esta forma las horas laboradas y el salario pactado.

6. Se debe preservar los puestos de trabajo de los trabajadores en la medida de lo posible, sin embargo, conforme a la situación económica de cada empresa, el empleador puede negociar la finalización de la relación de trabajo por mutuo acuerdo con el trabajador. Legalmente no es posible firmar un mutuo acuerdo para la suspensión de la relación de trabajo.

7. Los trabajadores diagnosticados con COVID-19 que se mantengan en cuarentena por catorce (14) días calendarios, se les certificará su condición a través de las Direcciones Regionales de Salud, entregándolas posteriormente a la Caja de Seguro Social para que tramiten su incapacidad ante esta institución.

MEDIDAS MIGRATORIAS Y DE SEGURIDAD PÚBLICA:

1. Conforme al Decreto Ejecutivo N° 217 de 16 de marzo de 2020, expedido por el Presidente de la República de Panamá y el Ministro de Seguridad Pública, en materia migratoria, a partir del día de hoy, 17 de marzo de 2020, sólo se permite el ingreso al territorio de la República de Panamá a personas de nacionalidad panameña; a extranjeros con residencia temporal o permanente en el país o que puedan comprobar que están en trámite de un status migratorio en Panamá. Los que ingresen están obligados a mantener en una cuarentena domiciliaria de catorce (14) días calendarios en su residencia.

2. Para los trabajadores expatriados y contratados por las empresas, cuyo carnet de trabajo o carnet de residencia haya vencido, se prorroga su vigencia hasta el mes de abril, ya que no se recibirán presentaciones de nuevas solicitudes.

3. El trabajador que no acate las disposiciones del empleador en la aplicación del Decreto Ejecutivo N°78 de 16 de marzo de 2020, podrá ser sancionado conforme al reglamento interno de trabajo la empresa. En el evento que no se tenga dicho reglamento, se podrá aplicar la suspensión de 1 a 3 días sin derecho a salario, por violación o incumplimiento del precitado decreto.

Todas las medidas que sean adoptadas en cumplimiento de los decretos ejecutivos señalados, deben constar por escrito y comunicada vía WEB a la dependencia competente.

Para cualquier interrogante o consulta estamos a su disposición 24/7.

–> Descargue aquí: DISPOSICIONES EN MATERIA LABORAL Y DE SEGURIDAD PÚBLICA.PDF<–

–>Descargue aquí: EXTENSIÓN DE LOS PERMISOS DE TRABAJO.PDF <–