¿Qué es y para qué sirve un contrato de trabajo?
¿Que elementos debe incluir un Contrato de Trabajo en Panamá?
Para que exista un Contrato de Trabajo se requiere de tres elementos esenciales:
- Que el trabajador realice la actividad personalmente, es decir, por sí mismo;
- Que exista subordinación o dependencia económica del trabajador respecto del empleador, lo que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, por todo el tiempo de duración del contrato.
- Un salario como retribución del servicio conforme al salario mínimo vigente.
Una vez reunidos estos tres elementos, se entiende que existe Contrato de Trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé, ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen.
¿Qué tipo de Contratos de Trabajo hay?
Contratos a término definido, indefinido, de obra determinada, y otros de naturaleza especial dirigidos al servicio doméstico, a labores agrícolas, etc.
¿Como se confecciona un Contrato de Trabajo?
El Contrato de Trabajo debe constar por escrito, y firmarse al inicio de la relación de trabajo en tres ejemplares, uno para cada parte, y el otro para la DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y BIENESTAR SOCIAL.
Se exceptúan las labores agrícolas o ganaderas, las personas contratadas para el servicio doméstico, los trabajos ocasionales que no pasen de tres meses, y las obras determinadas cuyo valor no exceda de 200.00 balboas.
El contrato escrito debe contener una serie de requisitos, tales como, el nombre del trabajador, la nacionalidad, el sexo, estado civil, domicilio y número de cédula de las partes, cuando el empleador es persona jurídica deberá constar su nombre o razón social, el nombre del representante legal y los datos de inscripción del Registro Público, el nombre de las personas q viven con el trabajador y el de las que dependen de él, la determinación especifica de la obra o servicios convenidos y de las modalidades referentes al mismo, acordados para su ejecución, lugar o lugares donde prestará el servicio, duración del contrato, duración y división regular de la jornada de trabajo, salario formal, día y lugar de trabajo, lugar y fecha de la celebración, firma de las partes.
Aspectos a tener en cuenta en la Confección de un Contrato Laboral
- Importante establecer el periodo probatorio por escrito, fijando el máximo que permite la ley.
- Registrar los contratos de trabajo a fin de obtener el aval del MITRADEL quien con este requisito verifica que los contratos cumplen con las exigencias legales, colocando el sello de registro en cada una de las páginas del contrato, donde aparecen las firmas de las partes, la fecha de la presentación del documento y la firma del funcionario que lo recibe.
- Fijar un horario de trabajo aprovechando el máximo permitido por ley. La semana de trabajo normal máxima es de 48 horas de trabajo durante el día, 42 horas para el trabajo nocturno y 45 horas para el trabajo mixto diurno y nocturno.
- Considerar la tabla vigente de salario mínimo para establecer el monto adecuado, conforme a la actividad / sector económico y al área geográfica.
- La mano de obra extranjera debe obtener un permiso de trabajo por un año, a veces renovable en la Oficina de Inmigración (En algunos sectores y para algunos puestos especializados, permisos especiales de carácter temporal son concedidos). Para las empresas que opten por contratar mano de obra extranjera, la regla de oro es que el porcentaje de extranjeros no supere en 10% a los nacionales.
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